• 18-Agosto-2020 13:22
    Sanidad

    El DOE de hoy martes, 18.08.2020 publica la Resolución por la que se establecen medidas de salud pública aplicables en Extremadura en ejecución de lo dispuesto en la Orden Comunicada del Ministro de Sanidad, para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19. Entre ellas:

    -10 personas máximo en reuniones en espacios públicos o privados. (En locales se aplica el aforo).

    - Reducir los encuentros sociales, limitándolos a grupos de convivencia o habitual.

    - Se prohíbe el consumo de alcohol en la vía pública.

    -Se prohíbe fumar en la vía pública o terrazas cuando no haya una distancia interpersonal de 2 metros.

    - Queda suspendida la actividad de discotecas, salas de baile, karaokes...

    - La hostelería, bares, restauración y terrazas, con los asistentes sentados en mesas o agrupación de mesas de 10 personas máximo.

    - La hora máxima de cierre nocturno es a las 01:00h, no admitiendo nuevos clientes a las 00:00h.

    - La realización de eventos de carácter multitudinario necesitan autorización de la Consejería de Salud.

    - En residencias se deberán limitar las visitas a una persona por residente,
    extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora al día.

    - Los ciudadanos deberán colaborar en las medidas de aislamiento domiciliario, cuarentenas y realización de pruebas PCR.

    -Los incumplimientos serán una infracción administrativa.

    La Resolución está en: http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2020/1600o/20061595.pdf